1.- ACCIONES QUE UNA PERSONA DEBE REALIZAR CUANDO ES DETENIDO.
Cuando una persona es detenida por el Ministerio Público o la Policía Nacional del Perú debe realizar los siguiente:
Cuando una persona es detenida por el Ministerio Público o la Policía Nacional del Perú debe realizar los siguiente:
- Debe exigir que la fiscalía y policía que se identiquen plenamente.
- Exigir que se le muestre la orden de detención impartida por el Poder Judicial ordenando la detención preventiva judicial.
- No ofrecer resistencia cuando es detenido por mandato judicial.
- Debe exigir que se le facilité realizar una llamada teléfónica para comunicarse con su abogado o su familia.
- Si la detención se ejecuta por un supuesto delito fragante, se recomienda no declarar ante la policía o fiscalía hasta que llegue el abogado defensor del detenido.
- Si es detenido, no firmé los documentos que la policía o la fiscalía le señalé que debe supuestamente firmar porque su abogado tiene el derecho de revisar estos documentos.
- Se debe presentar documentos que pruebe su domicilio actual, la ubicación de su centro de trabajo.
- Su abogado debe establecer una estrategia de defensa, con la finalidad de que recobre su libertad.
2.- ANULACION DE LOS ANTECEDENTES POLICIALES, FISCALES O JUDICIALES.
Estos son los trámites a seguir:
- Cuando una persona ES DENUNCIADA ANTE UNA COMISARIA QUE ESTA CONECTADA en el SISTEMA DE INTERCONEXION DE DENUNCIAS PENALES, se debe realizar lo siguiente:
- Una vez que la policía finalice la investigación sobre los hechos denunciados y emitido sus conclusiones (atestado o parte policial), se debe exigir a la policía que sea derivado al Ministerio Público (Fiscalía Penal o Familia) o Juzgado de Paz Letrado (por tema penales) con la finalidad de que resuelva sobre el caso.
- Si la fiscalía o el poder judicial resuelven en archivar el proceso por ser inocente el denunciado, LA FISCALIA Y/O PODER JUDICIAL ORDENARA A LA POLICIA NACIONAL DEL PERU que se ELIMINE LA DENUNCIA que aparece en su sistema de Interconexión de Denuncias Penales.
- Cuando una persona es DENUNCIADA ANTE EL MINISTERIO PUBLICO, se debe realizar lo siguiente:
- Se debe terminar la investigación fiscal y si el Ministerio Público resuelve en NO FORMALIZAR DENUNCIA PENAL EN CONTRA DEL DENUNCIADO, DEBE A SU VEZ ORDENAR A LA GERENCIA CENTRAL DE INFORMATICA DE LA FISCALIA QUE BORRE DEL SISTEMA DE INFORMACION DE APOYO AL TRABAJO FISCAL (SIATF) LA DENUNCIA QUE HA SIDO ARCHIVADA.
- Cuando una persona es CONDENADA POR EL PODER JUDICIAL, se debe realizar lo siguiente:
- La persona que ha sido CONDENADA, debe cumplir con la pena impuesta por el PODER JUDICIAL
- Una vez cumplida la sentencia, el condenado debe tramitar su REHABILITACION ante el PODER JUDICIAL, y una vez conseguido este hecho se debe ordenar a que se borre la sentencia condenatoria del Registro Nacional de Condena.
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